El alcalde de Miraflores, Carlos Canales Anchorena, anunció que, en la sesión de Concejo Municipal de hoy, se aprobaron nuevas medidas para fortalecer la seguridad ciudadana y la tranquilidad pública en el distrito. En total, se incorporaron diez códigos de infracción y se modificaron cuatro, referidos al ingreso de armas de fuego a locales comerciales que expenden licor para el consumo interno y al control de los motociclistas que circulan en el distrito.

Las nuevas sanciones son producto de la modificación del Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CISA) de la Municipalidad Distrital de Miraflores, aprobado mediante Ordenanza N° 480/MM.

En ese sentido, el burgomaestre explicó que la comuna sancionará con una multa de 50% de una UIT (S/ 2,475) a los establecimientos comerciales en los que se consumen bebidas alcohólicas en su interior, que permitan el ingreso de personas que porten armas de fuego, con excepción de aquellas que estén obligadas a hacerlo, por su profesión y/o actividad, quienes deberán informar esta circunstancia al local, al momento de su ingreso, y no podrán consumir bebidas alcohólicas al interior del mismo.

Para tal fin, dichos establecimientos deberán contar, a partir del 1 de diciembre, con paletas y/o pórticos para la detección de armas de fuego, bajo pena de multa equivalente a una UIT (S/4,950). Asimismo, deberán colocar de manera visible a la entrada, un cartel o anuncio que indique la prohibición del ingreso de armas de fuego. No hacerlo, acarrearía una multa equivalente al 50% de una UIT (S/ 2,475).

“Nuestra intención no es supervisar para multar a los propietarios, sino ayudarlos para que cuando un consumidor vaya a su local lo hagan con la certeza de que no hay personas con armas. Los exhortamos a que coloquen los carteles informativos, que confíen en la buena fe de los clientes y que -si hay dudas- utilicen los detectores de metales”, comentó el burgomaestre.

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Control de motos y ruidos molestos

Asimismo, el Concejo Municipal aprobó nuevas multas que buscan terminar con los ruidos molestos provocados por motociclistas. Se harán acreedores a una multa equivalente a 50% de una UIT (S/ 2,475), aquellas personas que ocasionen ruidos molestos por el uso de su motocicleta sin silenciador o con tubo de escape antirreglamentario, así como por realizar competencias no autorizadas en la red urbana, realizar piques, activar de manera innecesaria sus alarmas, bocinas y fomentar la aglomeración de motos en espacios públicos. 

Asimismo, se aprobaron nuevas sanciones para conductores de vehículos motorizados que generan desorden en la vía pública.  Por ejemplo, detener y/o estacionar unidades motorizadas o no motorizadas en la calzada, malecones, parques, veredas, jardines de aislamiento y/o bermas, obstruyendo la libre circulación de los carriles autorizados y/o generando dificultad para la libre circulación y/o alterando la tranquilidad pública y/o generando desorden, originará una sanción equivalente al 50% de una UIT (S/ 2,475), que incluye el internamiento del vehículo del infractor.