El Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte de Lambayeque obtuvo el primer lugar, de 22 órganos jurisdiccionales de esa materia en todo el país, por emitir el mayor número de sentencias durante el 2021, informó el presidente de la institución, juez superior titular Juan Riquelme Guillermo Piscoya.

Indicó que fueron 47 resoluciones dictadas el año pasado por el juez del referido  despacho Jorge Rojas Cruz para que se traslade al Estado las propiedades obtenidas por procesados con dinero de sus actividades ilícitas y que ahora están en poder del Programa Nacional de Bienes Incautados (Pronabi).

Precisó que los bienes transferidos están valorizados en unos S/6,5 millones y son, principalmente, terrenos, casas y vehículos (autos, camionetas, camiones, maquinaria pesada) por casos judicializados de tráfico ilegal de productos forestales o animales, narcotráfico, trata de personas, minería ilegal y contrabando.

“Mis felicitaciones al magistrado por liderar el ranking nacional de sentencias por extinción de dominio y, a la vez, mantener su nivel de producción jurisdiccional bajo los estándares estipulados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Esta actuación judicial permite atacar la fuente de poder (patrimonio criminal) de los procesados, obtenidos de manera ilícita”, añadió Guillermo Piscoya. 

Por su parte, el juez Jorge Rojas Cruz informó que en lo va del presente año, ya ha emitido cuatro sentencias para declarar la nulidad de títulos de bienes equivalentes a S/568 886.80, y agregó, que ha resuelto 25 medidas cautelares para incautación de propiedades a procesados por corrupción de funcionarios, contrabando, tráfico ilegal de animales y productos forestales.

“La extinción de dominio priva a los autores del delito de sus beneficios conseguidos por su actividad delictiva. Se los enfrenta al impedirles ejercer derechos sobre sus bienes o negocios adquiridos o administrados con recursos económicos de procedencia ilícita”, explicó el juez.

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Asimismo, precisó que los asuntos judicializados por extinción de dominio son independientes al proceso penal que afrontan los acusados por la comisión de actos irregulares.

“No es necesario conocer la etapa procesal penal para privarles de usar sus pertenencias, todo ello, previo requerimiento del Ministerio Público”, expresó.