El Gobierno retiró las restricciones de aforo impuestas a los comercios, centros de esparcimiento e instituciones desde la llegada de la pandemia de la COVID-19 al país, hace casi dos años, según se señaló en el Decreto Supremo Nº 016-2022-PCM, publicado este domingo.
La norma amplió el estado de emergencia nacional durante 32 días «por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID-19», pero ya no mencionó las restricciones que se imponían hasta el momento, que paulatinamente fueron incrementando los aforos de 40 %, 60 % y 80 %, de acuerdo con las características sanitarias de cada región.
Remarcó, sin embargo, que, desde hoy 28 de febrero, todos los mayores de 18 años que ingresen a espacios cerrados tendrán que presentar su carné físico o virtual que acredite haber completado el esquema de vacunación, mientras los mayores de 40 años deberán contar también con la dosis de refuerzo.
Las restricciones en los aforos comenzaron a imponerse durante el Gobierno de Martín Vizcarra (2018-2020), pero ante la reciente disminución del impacto de la tercera ola y la alta tasa de vacunación los diversos gremios empresariales solicitaron la habilitación del total de aforos.
Esa propuesta contó con la posición favorable de los ministerios de Salud (Minsa) y de Comercio exterior y Turismo (Mincetur), aunque organismos sanitarios nacionales e internacionales manifestaron sus reservas y alertaron que podía general un incremento de casos.
La norma recordó que durante el período de emergencia queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio nacional.
Entre las medidas que se mantendrán figura la obligatoriedad del uso de una mascarilla KN95 o dos simples, en espacios públicos abiertos y cerrados, y la suspensión de desfiles, fiestas y todas las reuniones que impliquen aglomeración de personas.