Lucio Alejandro Deza Monroy, ciudadano peruano, presenta un proyecto de ley al ONPE como iniciativa ciudadana con Resolución Sugerencial 000009-2023-SGACTD-SG/ONPE, para ser presentado posteriormente al Congreso de la República, que busca regular el uso de la tecnología de reconocimiento facial para identificar y capturar criminales. Bajo el título «Ley que regula el uso del algoritmo y técnicas de inteligencia artificial para el reconocimiento facial de personas que cuenten con sentencia condenatoria por la comisión de delitos que afecten la seguridad ciudadana de ciudadanos nacionales y extranjeros”el proyecto propone medidas destinadas a fortalecer la seguridad pública y combatir la delincuencia en el país.

En los últimos años, ha habido un notable impulso en la implementación de cámaras de videovigilancia con reconocimiento facial. Un ejemplo reciente es el de la municipalidad de El Agustino que, tres semanas atrás, anunció la adquisición de un conjunto de cámaras y una base de datos respaldada por la PNP; sin embargo, hasta el momento las autoridades no se han pronunciado sobre la privacidad, ciberseguridad y el manejo adecuado de los datos recolectados.

Resulta sorprendente que algunos municipios hayan comenzado a utilizar esta tecnología sin consultar a la población ni proporcionar información detallada al respecto. A lo cual surgen diversas interrogantes cómo: ¿Quién está proporcionando la data de los ciudadanos? ¿Quién es la autoridad competente que fiscaliza el buen tratamiento de estos datos? Recordemos que la municipalidad de La Victoria ya había implementado una técnica similar, pero fue sancionada por la DFI en 2022 por no cumplir con los requisitos establecidos por la Ley de Protección de Datos Personales para el manejo de la información recolectada por las cámaras de vigilancia y los datos biométricos personales (considerados datos sensibles).

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Por otro lado, considerando que una cámara con sistema de reconocimiento facial tiene un costo aproximado de 4 mil soles, mientras que una cámara análoga ronda los 580 soles, surge la pregunta: ¿Están los municipios haciendo un uso adecuado de esta tecnología? Esta cuestión cobra relevancia debido a la fuerte inversión que implica, dada la diferencia de costos entre ambos tipos de cámaras. Además, si los municipios no están utilizando este sistema, ¿cuál sería entonces el motivo de adquisición? ya que se da por entendido que la municipalidad paga precisamente por una cámara con reconocimiento facial para hacer uso de este sistema, más que por una análoga.

Entre las principales medidas propuestas se encuentra el establecimiento de una base de datos de reconocimiento facial centralizado y supervisados por entidades como la PNP y la ANPD, implementación de tecnología de reconocimiento facial en lugares estratégicos como aeropuertos, puertos, terminales de autobuses, cruces fronterizos y zonas que se consideren convenientes, y el uso de esta tecnología para identificar y capturar criminales buscados por delitos condenados o sospechosos requisitoriados involucrados reincidentemente en actividades criminales.

Varios países, incluidos Estados Unidos y China, ya están utilizando tecnología de reconocimiento facial. Por ejemplo, un caso destacado en la región es el de Colombia, que ha implementado y estructurado eficientemente el uso de cámaras con reconocimiento facial sin infringir las normativas, lo que permite emplear este tipo de herramientas para contribuir a la seguridad de la población y reducir los índices de criminalidad.