SBS sancionará caídas prolongadas en la banca digital y billeteras electrónicas

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha implementado nuevas medidas para evitar que las interrupciones en los servicios financieros digitales afecten a los usuarios. A partir de 2025, los bancos y financieras estarán obligados a recuperar el servicio en un plazo máximo de 3 a 5 horas, dependiendo de su tamaño. Si no cumplen con este tiempo, enfrentarán sanciones.

La normativa, establecida en la Resolución N.° 0814-2025, busca mejorar la gestión de continuidad del negocio, exigiendo que las entidades financieras cuenten con planes de recuperación anual para servicios clave como transferencias bancarias, pagos interoperables, planillas empresariales y pagos a proveedores. Además, se les obliga a mantener monitoreo constante y a informar a los clientes sobre canales alternativos en caso de fallas.

Las fechas de aplicación varían según el tipo de entidad. Desde el 1 de junio de 2025, la norma será obligatoria para las empresas con mayor concentración de mercado, excepto el Banco de la Nación, que junto con el resto de instituciones deberá cumplir con la regulación desde el 1 de enero de 2026.

Con estas medidas, la SBS busca garantizar un servicio financiero más estable y confiable, reduciendo las afectaciones a los usuarios por caídas en los sistemas digitales.

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