La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema ratificó en última instancia la condena de 25 años de cárcel contra Acela Coronel Reátegui por delito contra la vida, el cuerpo y la salud-parricidio (por codicia) en agravio de su esposo y exdirector del Colegio María Montessori de San Juan de Lurigancho, Sabel Evangelista Depaz.
La sentenciada “actuó motivada por la codicia, esto es, con el fin de acceder a un patrimonio de mayor dominio económico”, precisa la resolución del tribunal supremo que preside el juez supremo César San Martín Castro.
Según la acusación, Coronel Reátegui mandó matar a su esposo pagando por ello S/25 000, por intermedio de su excuñada María Silvia Quintana Bañón, a un sujeto conocido como “Pierol Montalván Lázaro”, quien entregó a Walter Francisco Tirado Huerta, también sentenciado, un arma de fuego para victimar al director del colegio.
A bordo de su camioneta, Evangelista Depaz fue atacado, el 21 de mayo del 2015, por Tirado Huerta, quien le disparó con un arma de fuego directamente a la cabeza. Al ser conducido al hospital de San Juan de Lurigancho, se certificó su deceso.
De ese modo, el tribunal supremo decretó que el rol que cumplió Coronel Reátegui fue el de instigadora “al contratar mediante su coencausada Quintana Bañón a la persona que dio muerte a su esposo, además de brindar la fotografía impresa de este en papel bond”.
El tribunal supremo, asimismo, confirmó la reparación civil de S/ 28 000 fijado en primera instancia que deberá abonar la sentenciada en favor de la parte agraviada.
Por este caso, Tirado Huerta se acogió a la figura de la conclusión anticipada y fue condenado como autor del delito de homicidio calificado por lucro, en tanto que la condición procesal de Quintana Bañón es la de reo contumaz y se le ha reservado el proceso judicial.
El fallo también lo suscriben los magistrados Iván Sequeiros Vargas, Erazmo Coaguila Chávez, Sonia Torre Muñoz y Norma Carbajal Chávez.
Lima, 21 de abril de 2022