Tras el incendio de los Barrios Altos, la MML prohíbe la expedición de licencias de edificación, funcionamiento, habilitacion de servicios básicos y cualquier otra autorización en inmuebles que desarrollen de manera clandestina la actividad de almacenamiento y depósito.

En trascendental paso, el Concejo Metropolitano de Lima aprobó la Ordenanza que Dispone la Intangibiidad del Centro Histórico de Lima para el desarrollo de la actividad almacenamiento o depósito en salvaguarda de la vida y la salud de las personas. Asimismo, prohíbe el comercio al por mayor en todas sus modalidades.

La Sesión de Concejo fue encabezada por el alcalde Rafael López Aliaga y la sustentación de la Ordenanza estuvo a cargo de la regidora Roxana Rocha Gallegos, quien explicó las razones de la norma y la prohibición de licencias de edificación, funcionamiento, habilitación de servicios básicos y cualquier otra autorización municipal en inmuebles que desarrollen de manera clandestina la actividad de almacenamiento y depósito, identificados y sancionados por la gerencia de Fiscalización y Control.

Indicó que son causales de revocatoria aquellas licencias de funcionamiento vigentes que desarrollen la actividad de almacenamiento y depósito en edificaciones antirreglamentarias; es decir, de aquellas edificaciones que carecen de una licencia de edificación, pudiendo ser clausurados de manera definitiva.

Ampliando detalles sobre el tema, precisó que el oponerse, resistirse, impedir u obstaculizar las labores de fiscalización municipal directa o indirectamente en los establecimientos con licencia de funcionamiento vigente es causal de revocatoria inmediata.

En cuanto a los conductores de estos establecimientos, sean personas naturales o jurídicas, remarcó que no podrán solicitar ninguna licencia de funcionamiento dentro del ámbito del Centro Histórico de Lima por un plazo de 12 meses contados a partir de la imposición de la sanción. No podrán solicitar una nueva licencia de funcionamiento para el establecimiento clausurado por un plazo de 06 meses.

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Asimismo, no se admitirán solicitudes de licencia de funcionamiento en edificaciones antirreglamentarias, ni ningún otro procedimiento administrativo, excepto los orientados a la demolición y/o restitución y/o adecuación.

En el curso de la sustentación, definió las características de un almacén o depósito; comercio al por mayor y menor y las edificaciones antirreglamentarias, que son ejecutadas sin contar con licencia de edificación o autorización municipal.