Ejecutivo modificará Ley de Apuestas Deportivas para que casas de apuestas internacionales paguen impuestos

El ministro de Economía y Finanzas (MEF), José Arista, anunció que buscan modificar la Ley de Apuestas Deportivas, para que las casas de apuestas internacionales que funcionan en el país también paguen impuestos.

Arista dio este anuncio durante el voto de confianza al Gabinete Adrianzén, al responder a las consultas de los parlamentarios. Él indicó que «El Ejecutivo planteará una norma para modificar la Ley 31557 con el objetivo regular diversos aspectos para la aplicación y recaudación del impuesto sobre los juegos y las apuestas deportivas a distancia», explicó.

Según Arista, esta necesidad porque las casas deportivas internacionales paguen es «cuestión de equidad», ya que «los juegos presenciales sí tienen impuestos, pero los de distancia, no».

Recordemos que en octubre del 2023, se publicó la reglamentación de la Ley n.° 31557 que obligaba a las empresas de apuestas deportivas online pagar el 12 % de la utilidad neta al Estado; aunque, esto no alcanzaba a los negocios internacionales.

Esta reglamentación se publicó casi un año después de publicada la ley y a mitad del 2023 se modificó porque la carga tributaria recaía en las empresas nacionales, y no a las online, que representan el 70 % de este tipo de actividades.

¿Cuánto ganará el Estado?

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo estimó que la norma permitirá recaudar cerca de S/ 162 millones anuales, a ser invertidos en la reactivación del turismo, obras de infraestructura turística, promover el deporte y atender programas de salud mental. Es decir, el monto recaudado se dividirá de la siguiente forma:

a) 20% constituye ingresos del Tesoro Público.

b) 20% transferido al Ministerio de Salud: Para Salud Mental.

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c) 40% constituye Recursos Directamente Recaudados del Mincetur para labores de control y fiscalización de la explotación de plataformas tecnológicas de los juegos y/o apuestas deportivas a distancia (25%) y para la promoción y desarrollo turístico (75%)

d) 20% constituye ingreso para el Instituto Peruano del Deporte (IPD) Para la promoción y masificación del deporte a nivel nacional.

(RPP)