Aquellas personas peruanas de nacimiento que hayan renunciado su nacionalidad, podrán recuperar esta de manera voluntaria y manteniendo una conducta positiva, de acuerdo a lo señalado en una ley publicada en el Diario Oficial El Peruano.

Esta norma modifica el artículo 8 de la Ley de Nacionalidad (Ley 26574). La misma ha sido promulgada por el Congreso de la República tras insistir en su aprobación.

En este texto se indica que los peruanos de nacimiento que renunciaron expresamente a la nacionalidad peruana tendrán derecho a recuperar esta siempre y cuando declaren su voluntad para ello, mediante una solicitud escrita.

El documento debe entregarse a la autoridad peruana competente en territorio nacional o en las misiones diplomáticas en el exterior.

Asimismo, el titular de esta solicitud deberá “tener buena conducta y solvencia moral”, se indica en la Ley 31295, publicada hoy.

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