La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi suspendió en primera instancia el procedimiento iniciado por la Sociedad Nacional de Pesquería (SNP) en contra del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), el Ministerio de la Producción (Produce) y el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp).
Ello debido a la imposición de una barrera burocrática presuntamente ilegal y/o carente de razonabilidad sobre la prohibición para la extracción de recursos hidrobiológicos en mayor escala dentro de las áreas naturales protegidas.
La citada imposición está contenida en el numeral 112.5) del artículo 112 del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado mediante Decreto Supremo N°038-2001-AG.
A través de la Resolución N°0364-2024/CEB-Indecopi del 6 de setiembre del 2024, la Comisión de Eliminación de Barreras dispuso tal suspensión debido a que la Sociedad Nacional de Pesquería ha interpuesto una demanda de acción popular ante el Poder Judicial, el mismo que evaluará la legalidad de la prohibición que recoge también el Decreto Supremo N°038-2001-AG.
En ese sentido, los argumentos sobre la ilegalidad y/o carencia de razonabilidad de la barrera burocrática cuestionada y demás pedidos, recién podrán ser evaluados por Indecopi luego de que se levante la mencionada suspensión del procedimiento. (ANDINA)