El juez supremo provisional Saúl Peña Farfán seguirá interviniendo en la investigación preliminar seguida a la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides, por presunta organización criminal.
Esto debido a que Peña Farfán declaró «inadmisible» el recurso de apelación que presentó la defensa legal de la doctora Patricia Benavides contra la resolución que emitió dicho magistrado el último 16 de agosto en la que declaró «improcedente» su pedido para que se inhiba de ver el pedido fiscal de impedimento de salida del país por 36 meses que se presentó contra su patrocinada dentro de este caso.
El juez supremo Peña Farfán adoptó esta medida al considerar que existe una carencia de fundamentos que justifiquen el recurso de apelación interpuesto.
«Ante la falta de fundamentos que justifiquen la impugnación, imposibilita una potencial sustentación del recurso de apelación ante la instancia correspondiente. El escrito que sustenta el recurso interpuesto es la base y no se pueden añadir agravios que no fueron planteados inicialmente dentro del plazo legal y antes de su concesión» resolvió el magistrado en una resolución emitida el último 19 de agosto al que tuvo acceso RPP.
Requerimiento
Cristian Salas, abogado de la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides, solicitó al juez supremo provisional Saúl Peña Farfán que se inhibiera de ver el pedido fiscal de impedimento de salida del país por 36 meses contra su patrocinada «a fin de evitar todo cuestionamiento a la imparcialidad y transparencia» al informar que dicho magistrado y su defendida intervinieron en un procedimiento administrativo contra una decisión emitida por el ahora desactivado Consejo Nacional de la Magistratura.
No obstante, el juez supremo provisional Saúl Peña Farfán declaró «improcedente» este pedido al sostener que los argumentos de la defensa legal de la doctora Patricia Benavides no tienen sustento jurídico ni material alguno que justifique el que se inhiba de ver el presente incidente.
«No hay razón para entender que su parte pueda ser afectada con mi intervención; son suposiciones que no pueden considerarse como un motivo grave que afecte mi imparcialidad como Juez a cargo del presente caso y mi independencia conforme a la Constitución Política del Perú y los Tratados Internacionales en la materia» remarcó el magistrado en una resolución emitida el último 16 de agosto en la que declaró «improcedente» este pedido de inhibición. (RPP)