La presidenta del Poder Judicial, Elvia Barrios Alvarado, presidirá la Comisión de Trabajo que elaborará una propuesta de modificación normativa integral con el objeto de lograr que la legislación nacional ordinaria y constitucional sea compatible con la Convención Americana de Derechos Humanos y los estándares señalados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en la sentencia Cuya Lavy y otros vs. Perú, relacionados con la ratificación de magistrados/as.
Esta modificación normativa debe comprender a la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia y el Reglamento de Procedimiento de Evaluación Integral y Ratificación de Jueces y Fiscales del Ministerio Público.
La comisión, que tendrá un periodo de trabajo de 45 días, estará integrada además por el juez supremo Héctor Lama More, la jueza Susana Castañeda Otsu, el consejero Vicente Espinoza Santillán, el presidente de la Corte de Arequipa, Javier Fernández Dávila; el juez superior de la Corte de Lambayeque, Edwin Figueroa Gutarra.
También los jueces especializados Christian Cerna Manyari (Lima Norte) y Maruja Hermoza Castro (Lima); y la jueza de paz letrado Sara Gaspar Pacheco (Lima).
La disposición señala que los integrantes de la comisión deberán recoger los aportes de las diferentes cortes superiores del país, colegios profesionales y académicos, a través de mesas de trabajo y diálogo que coadyuven al objetivo trazado.
Asimismo, se dispone que la comisión cuente con una secretaría técnica que apoye las actividades encomendadas, la misma que recaerá en el Gabinete de Asesores de la Presidencia de la Corte Suprema
DESACUERDO
Por otro lado, en un oficio remitido por Barrios Alvarado al titular de la JNJ, José Ávila, expresa su desacuerdo con la decisión de no suspender la Convocatoria N.° 001-2021-RATIFICACIÓN/JNJ del pasado 17 de setiembre, porque este no recoge los mandatos de la sentencia Cuya Lavy y otros vs. Perú.
“En nuestra opinión, es inobservar la obligación internacional del Estado peruano de cumplir con las sentencias emitidas por la Corte IDH, sobre todo, porque el Reglamento de ratificación no contiene lo principios, propuestas ni mandatos de la sentencia de la Corte IDH y, mucho menos, los estándares internacionales que ella contiene”, señala el oficio.
Asimismo, remitió a la JNJ un documento de 32 páginas que contiene la opinión del Poder Judicial sobre el sentido y alcance de la sentencia Cuya Lavy vs. Perú.
El 10 de diciembre pasado la Corte IDH notificó al Estado peruano la referida sentencia, en la que considera que la ratificación de jueces y juezas, puede implicar también un aspecto sancionador, por lo que les son aplicables las garantías del debido proceso propios de los procesos disciplinarios.