Hoy la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) anunció la exclusión de seis entidades del Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público y de las Centrales.

El organismo también estableció la disolución de estas seis cooperativas identificadas como San Pedro de Andahuaylas, Qori Wasi, Dios Proveedor, Fortaleza de Ayacucho, Parroquia Santa Rosa de Lima, y Prestaplus Santa Rosa.

Según indicaron en cada una de las resoluciones emitidas, las cooperativas están siendo declaradas en disolución debido a que reportan un déficit patrimonial.

En el caso de la COOPAC San Pedro de Andahuaylas, se registra un patrimonio contable negativo de S/ 60.92 millones.

Solo en ese caso los representantes de la cooperativa indicaron a la SBS que se consiguió un sexto del importe necesario para cubrir el déficit patrimonial, pero no se logró acreditar el levantamiento de la causal de intervención.

La Cooperativa de Ahorro y Crédito Qori Wasi presenta un patrimonio negativo ascendente a S/ 434’298.07, mientras que la COOPAC Dios Proveedor registra un patrimonio negativo de S/ 12 millones 341 mil.

Respecto a la COOPAC Fortaleza de Ayacucho el patrimonio negativo asciende a más de S/ 6 millones 408 mil.

Por su parte, la Cooperativa de Ahorro y Crédito Parroquia Santa Rosa de Lima registra un patrimonio negativo mayor a S/ 2 millones 869 mil.

Mientras que la Cooperativa de Ahorro y Crédito Prestaplus Santa Rosa Ltda patrimonio negativo ascendente a S/ 5 millones 680 mil.

Ahora la SBS ha dispuesto tomar inmediata posesión, para su administración, de la totalidad de los bienes de las cooperativas en disolución y «suscribir las actas que contengan la transferencia de estos bienes, ordenando que se les entreguen los títulos, valores, contratos, libros, archivos, cualquier otro documento y cuanto fuere de propiedad de esta».

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Se deberá realizar un inventario de todos los activos de las COOPAC intervenidas para el liquidador designado por el Poder Judicial y para la Superintendencia, así como la valorización de todos los activos.

Además, se indica que se elaborará una relación de acreedores de las cooperativas en disolución, con indicación del monto, naturaleza de las acreencias y preferencia de que gozan, de conformidad con el artículo 10 del Reglamento de Regímenes Especiales.

Para esto, la SBS ha nombrado administradores temporales de estas cooperativas, quienes representarán al organismo en los actos necesarios para llevar adelante la disolución correspondiente.