Una sanción de más de 418 mil soles ha sido impuesta a la cadena de gimnasios Smart Fit Perú por permitir el uso de un ascensor en mal estado, lo que ocasionó que una usuaria cayera al vacío y resultara con lesiones físicas. La Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi (Lima Norte) consideró que la empresa no garantizó las condiciones mínimas de seguridad, infringiendo varias normas del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Según la resolución de primera instancia, Smart Fit cometió tres infracciones graves: una por vulnerar el deber de seguridad y dos por incumplir el deber de idoneidad. La principal infracción (multada con 32.35 UIT) se refiere a la activación de un ascensor defectuoso, cuyo piso no coincidía con el nivel de salida, lo que ocasionó el accidente. Las otras dos infracciones (con 22.97 UIT cada una) fueron por no brindar asistencia inmediata ni primeros auxilios, pese a que la usuaria tenía lesiones visibles tras la caída.
Además de pagar los S/ 418,851.50, la empresa deberá devolver el dinero correspondiente a los días en que la afectada no pudo acceder al servicio. Como medida correctiva, se ordenó la capacitación en primeros auxilios a todo el personal de la sede de San Martín de Porres, incluyendo a los directivos y con registro documentado de evaluaciones.
Cabe señalar que esta decisión aún puede ser apelada por Smart Fit. De ser así, el caso pasará a la segunda y última instancia administrativa: la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi.
Este caso pone en evidencia la importancia de garantizar la seguridad de los consumidores y contar con protocolos eficientes ante emergencias. Empresas del rubro fitness deben entender que no solo ofrecen servicios, sino también asumen una responsabilidad directa sobre la integridad física de sus clientes.





