Cineplex S.A. (Cineplanet) fue multado con S/ 18,671.5 (3.49 UIT) por infringir el derecho de idoneidad del consumidor, al impedir que un cliente ingresara una bebida comprada fuera de sus instalaciones. Esta resolución fue emitida por el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor N° 3 de Indecopi, a través de la Resolución Final N° 1124-2025/PS3.
El incidente ocurrió el 23 de enero de 2025, cuando un consumidor intentó ingresar a una función de «Dragon Ball Daima» en el cine Cineplanet del centro comercial Piura Real Plaza con una gaseosa de 1 litro en su mochila. El cliente argumentó que la bebida era similar a las que Cineplanet vende, pero el personal del establecimiento alegó que no cumplía con su «Lista de productos permitidos», la cual no estaba visible en el cine. El denunciante dejó la bebida en custodia tras la negativa. Sin embargo, el Órgano Resolutivo de Indecopi concluyó que la prohibición de ingresar productos similares sin una justificación válida constituía una infracción.
El análisis del caso se centró en tres aspectos clave. Indecopi consideró que Cineplanet incumplió con la calidad del servicio al prohibir el ingreso de la bebida sin una razón válida. En cuanto a la información al cliente y el Libro de Reclamaciones, se determinó que no hubo infracción, ya que la empresa había informado correctamente sobre los productos permitidos y había ofrecido acceso al libro de reclamaciones. Además de la multa, se ordenaron medidas correctivas, como permitir el ingreso de alimentos y bebidas similares a los vendidos por Cineplanet y capacitar a su personal en las normas de ingreso.
Cineplanet tiene 15 días hábiles para cumplir con las medidas y presentar pruebas de la capacitación de su personal. Si decide no apelar, podría beneficiarse con una rebaja del 25 % en la multa.





